Matrimonio
El matrimonio (del latín: matrimonĭumn) es una institución social que crea un vínculo conyugal entre sus miembros. Este lazo es reconocido socialmente, ya sea por medio de disposiciones jurídicas o por la vía de los usos y costumbres. El matrimonio establece entre los cónyuges —y en muchos casos también entre las familias de origen de éstos— una serie de obligaciones y derechos que también son fijados por el derecho, que varían, dependiendo de cada sociedad. De igual manera, la unión matrimonial permite legitimar la filiación de los hijos procreados o adoptados de sus miembros, según las reglas del sistema de parentesco vigente.Matrimonio Requisitos y Acciones accesorias
Lo relativo al matrimonio está regulado en el derecho venezolano en el titulo IV, artículos 41 al 196 del Código Civil venezolano.
El matrimonio sólo podrá ser celebrado ante los funcionarios siguientes:
- El Alcalde o Alcaldesa, o el funcionario o funcionaria que éstos autoricen.
- El registrador o registradora civil.
- Los capitanes o capitanas de buques de bandera venezolana dentro o fuera del territorio de la República Bolivariana de Venezuela.
Requisitos para contraer Matrimonio:
- Original y copia fotostática del documento de identidad de los contrayentes.
- Acta de nacimiento de los contrayentes.
- Original y copia fotostática del documento de identidad de la o las personas cuyo consentimiento fuere necesario.
- Autorización del o los representantes legales, en caso de adolescentes, mujer mayor de 14 años de edad y varón mayor de 16 años de edad. Cuando no exista acuerdo entre los representantes, procederá la autorización del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
- Sentencia ejecutoriada de divorcio o de nulidad de matrimonio, según el caso, de uno o ambos contrayentes.
- Acta de defunción del cónyuge fallecido en caso de segunda o ulterior nupcias.
- Acta de nacimiento de los hijos e hijas que serán reconocidos en el acto.
- Original y copia del nombramiento del Curador Ad- hoc efectuado por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el caso de que uno o ambos contrayentes tenga hijos o hijas menores de edad.
- Poder especial, en caso de que la celebración del matrimonio sea por medio de apoderado o apoderada.
- Declaración jurada de no tener impedimento para contraer matrimonio o carta de s olteria.
- Acta de Esponsales debidamente firmada por los contrayentes.